Condiciones en que debe desarrollarse la actividad de cines, teatros, auditorios
- Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán reanudar su actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado (en fase 2) y el 50 % (en la 3).
- Se recomienda la venta online o telefónica de la entrada y, en caso de que sea en taquilla, los responsables deberán aplicar medidas de seguridad.
- Está permitida la apertura de servicios complementarios como tienda, cafetería o similares, que se ajustará a las normas que esta orden establece para dichas actividades.
- No se prestará servicio de guardarropa ni de consigna.
- Durante el proceso de atención y acomodación, se guardará entre los trabajadores de sala y el público la distancia de seguridad fijada por las autoridades sanitarias.
- Se deberá garantizar la distancia de seguridad fijada por las autoridades sanitarias en las colas, entradas y salidas de espectadores, así como el establecimiento de sistemas de control de aglomeraciones cuando se reúna a más de 50 personas.
¿Qué aspectos debemos tener en cuenta a la hora de ir al cine?
- Usar mascarilla, lavarnos las manos y utilizar los dispensadores de gel hidroalcohólico antes de entrar a la sesión.
- Respetar la señalización y atender a las indicaciones que se nos den dentro del establecimiento.
- Quedarnos en casa si presentamos algún síntoma compatible con el COVID-19.
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